Proceso de reclamación
La “reclamación”, tal y como la define la Autoridad de Supervisión y Resolución Prudencial, se entiende como la expresión de insatisfacción con un profesional con independencia del interlocutor o del servicio con el que se formula. Puede proceder de cualquier persona, incluso en ausencia de una relación contractual con el profesional: clientes (particulares o profesionales), antiguos clientes, beneficiarios, personas que hayan solicitado el suministro de un producto o servicio al profesional o que hayan sido solicitados por un profesional, incluidos sus agentes y cesionarios.
Las solicitudes de servicio o prestación, solicitud de información, aclaración o solicitud de opinión, no tienen la consideración de reclamación.
- ¿Cómo nos puede comunicar una reclamación?
Puede contactarnos:
- Por la línea de asistencia telefónica: + 33 1 86 26 99 64.
En este caso, si no puede estar completamente satisfecho de inmediato, se le invitará a formalizar su insatisfacción por medio de un soporte escrito duradero (por correo postal, por correo electrónico o mediante nuestro formulario en línea).
- Por correo ordinario directamente al domicilio social de MIC Insurance:
MIC Insurance Company SA
28 rue de l´Amiral Hamelin
75116 Paris
- Por e-mail: customerservice@micinsurance.net
Completando el formulario en línea siguiente
Formulario de quejas o reclamaciones
El departamento de reclamaciones examinará su solicitud en colaboración con los departamentos interesados y se compromete a acusar recibo de su reclamación en el plazo de 10 días hábiles desde el envío de su reclamación y a proporcionarle una respuesta en un plazo máximo de dos meses a partir de la misma fecha.
- ¿Qué recursos son posibles si las respuestas proporcionadas no le satisfacen?
A. Si usted es un consumidor, en el sentido del artículo preliminar del código del consumidor (“Toda persona física que actúa con fines que no se encuentran dentro del ámbito de su actividad comercial, industrial, artesanal o liberal”):
En caso de litigio relativo a la suscripción, validez, interpretación, ejecución o inejecución, incumplimiento, interrupción/suspensión o anulación de su contrato de seguro, usted podrá solicitar la mediación al Centro de Mediación y Arbitraje de París (“CMAP”):
- Sin demora desde la recepción de la respuesta de nuestro departamento de reclamaciones.
- En todo caso, en el plazo de dos meses desde el envío de su primera reclamación por escrito, haya recibido o no respuesta por parte de nuestro departamento de reclamaciones.
Para solicitar el mediador, usted puede hacerlo:
- A través del formulario disponible en el sitio web de CMAP (opción: mediación de consumidores) en la siguiente dirección: https://www.cmap.fr/nous-saisir/
- Por correo postal a la dirección Siguiente:
CMAP – Consumer Mediation Service
39 Avenue Franklin Roosevelt
75008 Paris.
Su solicitud de mediación debe especificar a la CMAP el objeto de la disputa y enviarle todos los documentos en el expediente como se indica en el formulario de remisión. En su defecto, la remisión no podrá ser tenida en cuenta. Esta referencia puede hacerse en francés o en inglés.
Para cada remisión, la CMAP designa un mediador aprobado por la CMAP y validado por la Comisión de Evaluación y Control de la Mediación de los Consumidores (CECMC) y le remite los elementos del expediente en un plazo de cinco días hábiles.
Cada parte podrá ser asistida o representada por un abogado o por cualquier persona de su elección, a su cargo, durante todo el proceso de mediación.
B. Si usted es un profesional:
En caso de controversia relativa a la suscripción, validez, interpretación, ejecución o inejecución, interrupción/suspensión o anulación de su contrato de seguro, puede iniciar un proceso de mediación enviándonos una solicitud de mediación indicando:
- El objeto de la controversia
- La solicitud de indemnización
- Una propuesta de centro de mediación o mediador.
La mediación será confidencial y no infringirá los derechos de las Partes. Las Partes sufragarán por igual los costes de la mediación y sus propios costes.
Si la controversia no se resuelve dentro de los seis (6) meses siguientes a la fecha de envío de la solicitud de mediación a la otra Parte, o dentro de cualquier otro plazo acordado por las Partes, las Partes podrán reanudar su libertad de acción.